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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1620/2012
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1620/2012

    Fecha: 01-Oct-2012

    II.2.

    II.2. Del informe de 7 de septiembre de 2012, presentado por la autoridad demandada, se desprende que la audiencia de cesación a su detención  fijada para el 28 de agosto de 2012, fue suspendida con el argumento que no se había notificado con las pruebas y corrido en traslado a las partes, a pesar de estar presentes ambas partes y el Ministerio Público (fs. 6).  

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • Constitución Política del Estado.
    • III.1.2.  De la acción de libertad
    • III.1.3. Sobre las formas de resolución de las acciones de libertad.
    • '…toda autoridad que conozca de una solicitud en la que se encuentre involucrado el derecho a la libertad física, tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible, o cuando menos dentro de los plazos razonables, pues de no hacerlo podría provocar una restricción indebida del citado derecho
    • III.3. Audiencia para considerar el beneficio de cesación de la detención   preventiva
    • III.4. Análisis del caso concreto
    • y  a una justicia pronta, oportuna y sin dilaciones
    • CONFIRMAR

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