SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1641/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1641/2012

Fecha: 01-Oct-2012

II.3.

II.3. Por Auto de 20 de diciembre de 2010, la Jueza cautelar, al haberse vencido el plazo de la etapa preparatoria previsto por el art. 134 del CPP y dado que el Ministerio Público no presentó ampliación de la etapa -ampliación de imputación, salidas alternativas y menos formulado acusación- contra el presunto autor del delito que se investiga, conminó a la Fiscal de Distrito para que en el plazo de 5 días lo haga, caso contrario declarará extinguida la acción penal, bajo responsabilidad personal, tanto disciplinaria como penal, ordenando su notificación a esa autoridad así como al Fiscal de Materia para el mismo fin, disponiendo que a efectos de los arts. 342 y 348 del CPP, se notifique a la víctima (fs. 14).