SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1661/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1661/2012

Fecha: 01-Oct-2012

I.1.1

Mediante Resolución 16/09 de 10 de diciembre de 2009, emitida por el Juzgado de Instrucción Mixto, Liquidador y Cautelar de Coro Coro, se dispuso la detención preventiva de su representado, quien se encuentra detenido desde hace “más de un año y tres meses” (sic). Es así, que el 19 de enero de 2011, solicitó la cesación de su detención preventiva adjuntando prueba contundente que enervó los riesgos procesales de fuga y obstaculización a la averiguación de la verdad; sin embargo, se fueron suspendiendo las audiencias para considerar su petición, priorizando las audiencias de juicio oral, vulnerando de esta manera la SC 1010/2010-R de 23 de agosto, que señala que la cesación a la detención preventiva debe considerarse en el plazo máximo de cinco días.

Refirió que el 23 de marzo de 2011, se priorizó e instaló la audiencia de juicio oral, acto en el cual se hizo constar que hace mas de un mes que no se instala la audiencia, para la consideración de la cesación de su detención preventiva y no obstante de ello, se obtuvo una vez más la negativa del Juez Técnico, ahora demandado.