SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1671/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1671/2012

Fecha: 01-Oct-2012

II.1.

II.1.   La Resolución 222/2010 de 30 de septiembre, del Estudio Jurídico “Hassenteufel & Asociados”, constituido en Tribunal de Justicia Deportiva de la Liga de Fútbol Profesional Boliviano, declaró probada la comisión de la infracción prevista en el artículo 81 del Código Disciplinario de la FBF     -faltas de carácter discriminatorio- por parte de Víctor Hugo Pérez Justiniano, señalando ser dirigente del club Oriente Petrolero; sanciona al mismo con suspensión de cinco partidos, multa de $us25 000.- (Veinticinco mil dólares estadounidenses); prohibición de acceso al Estadio “Ramón Tahuichi Aguilera” de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, cuando el club Oriente Petrolero oficie de local por la indicada cantidad de partidos; que el Club Oriente Petrolero asumirá responsabilidad solidaria de la multa impuesta al actual accionante señalando que si tal dirigente deja de pertenecer a dicho club, la entidad mantendría la referida responsabilidad; y, finalmente, que el mencionado Club debe tomar medidas idóneas y adecuadas para el cumplimiento de la sanción de prohibición de acceso al Estadio impuesta al referido sancionado (fs. 325 al 328).