Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1683/2012
Fecha: 01-Oct-2012
II.8.
II.8. Nota QHA-DE 0246/10 de 13 de septiembre de 2010, emitida por Ramiro Mendoza Cáceres, Director Ejecutivo del Centro de Educación Popular “Qhana”, que señaló: “Me veo obligado a agradecerle sus servicios en el Centro de Educación Popular Qhana, consiguientemente deberá pasar por administración con el objeto de regularizar su situación en cuanto a sus beneficios sociales conforme a ley” (sic) (fs. 11).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- 2)
- i)
- concedió en parte
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.2.
- III.4. Inamovilidad funcionaria del trabajador cuando tiene bajo su dependencia a personas con capacidades diferentes
- Fragmento 19
- III.6. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR