Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1787/2012
Fecha: 01-Oct-2012
II.1
II.1. Memorándum SRZ/AZ/ID/13/07 de 13 de julio de 2010, suscrito por Freddy Rocabado Rodríguez, Vicepresidente de Administración y Finanzas de la Compañía Boliviana de Transporte Aéreo Privado “AEROSUR” S.A, por el cual se rescindió el contrato de trabajo de Luis Enrique Ortiz Parra, de conformidad al art. 13 de la LGT, concordante con el art. 8 de su Decreto Reglamentario, solicitando que se haga presente en el Departamento de Recursos Humanos a objeto de recibir el pago de sus beneficios sociales que le corresponde por ley (fs. 1).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza Jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Derecho a la estabilidad laboral
- III.3. Del derecho al trabajo y a la remuneración justa
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR