SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1787/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1787/2012

Fecha: 01-Oct-2012

II.3.

II.3.  Informe de audiencia de 9 de agosto de 2010, por el cual Carlos Morales Aguirre, Inspector Departamental de Trabajo, hizo conocer a María Lourdes Bustamante de Ándia, Jefa Departamental de Trabajo, y María Angélica Sánchez, Responsable de Inspección, que el 28 de julio de 2010, se hizo presente Rodrigo Ángel Ávila Santos en representación de Freddy Rocabado Rodríguez, Vicepresidente de Administración y Finanzas de “AEROSUR” S.A., con el objeto de responder a la demanda interpuesta por Luis Enrique Ortiz Parra, quien solicitó plazo hasta el 3 de agosto de 2010, para dar cumplimiento a la normativa legal, con la aceptación del ahora accionante; sin embargo, ni los denunciados ni su representante se hicieron presentes en la fecha señalada, habiendo incurrido en desacato por lo que debe aplicarse sanciones y proceder con el pago de multas, de acuerdo a procedimientos legales, recomendando inspección técnica y laboral, que sea programada en el término previsto por ley, asimismo se debe emitir conminatoria de reincorporación de su fuente laboral conforme las normas en actual vigencia (fs. 3 a 4).