SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1850/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1850/2012

Fecha: 12-Oct-2012

denegó

La Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 19/2011 de 27 de enero,  cursante de fs. 95 a 96 vta., denegó la tutela solicitada y en aplicación del art. 94 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), dispuso la medida cautelar de prohibición de innovar y la no construcción de cualquier tipo de vivienda en el terreno referido hasta que la vía ordinaria decida la situación jurídica; bajo los siguientes fundamentos: i) Para que proceda la acción de amparo constitucional, debe existir el inminente peligro o daño causado por particulares o autoridades públicas y que no haya existido otra vía para reclamar el derecho a la propiedad; y, ii) Del acta de reunión de la Junta Vecinal Cívica “Los Cusis”, se constata la autorización de ingreso a los terrenos abandonados, el 17 de marzo de 2009; por ende, tomando en cuenta esa fecha habrían transcurrido más de dieciocho meses desde la orden de limpieza y la posesión de aquellos.