SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1860/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1860/2012

Fecha: 12-Oct-2012

III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad

           El art. 125 de la CPE, prevé la acción de libertad como un medio de defensa oportuno y eficaz, cuyo objeto está dirigido a proteger los derechos a la libertad -física y de locomoción-, la vida cuando a consecuencia de la restricción a la libertad sea puesta en peligro, o en los casos en que el afectado se encuentra ilegalmente perseguido, indebidamente procesado o privado de libertad personal.

           Por su parte, el art. 46 del Código Procesal Constitucional (CPCo), ha señalado que la acción de libertad tiene como esencia el de garantizar, proteger o tutelar los derechos a la vida, integridad física, libertad personal y de circulación, de toda persona que estime encontrarse indebida o ilegalmente perseguida, detenida, procesada, presa o que considere que su vida o integridad física está en peligro; conforme a dicha previsión normativa, el art. 47 del referido Código, estableció que esta acción tutelar procede en los casos en los que la persona tiene la convicción de que su vida se encuentra en peligro, está ilegalmente perseguida, indebidamente procesada y privada de libertad personal.