SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1903/2012
Fecha: 12-Oct-2012
concedió
La Jueza del Juzgado Segundo de Sentencia Penal de El Alto del departamento de La Paz, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución 208/2012 de 28 de agosto, cursante a fs. 62 vta., concedió la tutela solicitada, disponiendo la reincorporación del accionante al hospital “Corazón de Jesús” de El Alto, con el goce de todos sus derechos y beneficios, haciendo caso omiso a la conminatoria de “23” de mayo de 2012, incumpliendo el mandato de la Constitución Política del Estado, DS 0496 de 1 de mayo de 2010, normas que consagran las disposiciones sociales y laborales, que garantizan la inamovilidad laboral de la mujer en estado de embarazo y de los progenitores hasta que la hija o hijo cumpla un año de edad y el DS 0012 que reglamenta las condiciones de inamovilidad laboral de la madre y/o el padre progenitores, trabajadores del sector público o privado.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ampliación de la acción
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.9.
- el objeto
- III.1. La acción de amparo constitucional y su configuración constitucional
- III.2. El modelo de Estado vigente en el Estado Plurinacional de Bolivia
- III.3. El nuevo modelo constitucional y la normativa infra constitucional vigente y su protección a sectores de atención prioritaria
- III.4. En cuanto a la inamovilidad laboral de los progenitores, hasta que la hija o el hijo cumplan un año de edad
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR