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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1903/2012
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1903/2012

    Fecha: 12-Oct-2012

    II.9.

    II.9.  Mediante nota JRTEA-EOP-009/2012 de 23 de mayo, dirigida al hospital “Corazón de Jesús”, el Jefe Regional del Trabajo de El Alto, conminó a esa institución, la reincorporación inmediata de Adrián Ávila Hilari -hoy accionante- a su fuente de trabajo, al puesto que ocupaba al momento de  su despido (fs. 14).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2.1. Ampliación de la acción
    • 1)
    • concedió
    • II.1.
    • II.3.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.9.
    • el objeto
    • III.1. La acción de amparo constitucional y su configuración constitucional
    • III.2. El modelo de Estado vigente en el Estado Plurinacional de Bolivia
    • III.3. El nuevo modelo constitucional y la normativa infra constitucional vigente y su protección a sectores de atención prioritaria
    • III.4. En cuanto a la inamovilidad laboral de los progenitores, hasta que   la hija o el hijo cumplan un año de edad
    • III.5. Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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