SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1903/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1903/2012

Fecha: 12-Oct-2012

II.5.

II.5.  El Ministerio del Trabajo, Empleo y Previsión Social, por memorándum 007/12 de 16 de mayo de 2012, a denuncia de Adrián Ávila Hilari, dispuso la citación del representante legal del hospital “Corazón de Jesús”, requiriendo en el mismo “la presentación de la documentación  de descargo que considere necesaria, incluyendo el certificado de aportes al Seguro Social Obligatorio y otros documentos que acredite el legal despido del trabajador” (sic) estableciendo que “…la inconcurrencia del empleador o su representante legal a la audiencia se considera como prueba plena y aceptación de despido injustificado…” (sic) (fs. 8).