SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1919/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1919/2012

Fecha: 12-Oct-2012

1)

José Alexander Osinaga Ribera, Fiscal de Materia en audiencia refirió: 1) El representado del accionante fue sorprendido en posesión de sustancias controladas; y, 2) El delito de suministro de sustancias controladas previsto en el art. 51 de la Ley 1008, en su última parte señala “cualquiera fuese la cantidad”, no estableciendo una cantidad en específico.

Juan Fernando Amurrio Ordoñez, Jefe Departamental de la FELCN por el informe escrito cursante de fs. 36 a 38 señalo: 1) Los vecinos del barrio “Los Tesequis” denunciaron que en el inmueble ubicado en la av. 2 de agosto entre avenida alemana, una persona de nombre David se estaría dedicando a la venta o suministro de marihuana en el interior de dicho domicilio, ante dicha denuncia avanzo un grupo operativo de “microtráfico” realizando un patrullaje de rutina por aquel sector; b) Una vez en el lugar el representado del accionante al percatarse de la presencia policial, pretendió darse a la fuga, siendo interceptado a pocos metros de la vivienda de donde salió, a quien se le practicó la requisa personal encontrándose en su poder un envoltorio de papel conteniendo una sustancia “verdusca” con características a marihuana, que sometido a la prueba de narco test dio positivo para la misma; y, c) Ante ese hecho flagrante se procedió a la requisa de dicho inmueble que fue objeto de la denuncia por los vecinos del lugar, donde se encontró bajo su “catrera” un bananero conteniendo en su interior un envoltorio verde transparente con otra sustancia “verdusca” que también dio positivo para marihuana, que una vez acopiado las sustancias controladas que se encontraron tanto en poder del aprehendido así como en su domicilio, se realizó el pesaje correspondiente haciendo un peso total de 44 gr. de la indicada sustancia.