Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1919/2012
Fecha: 12-Oct-2012
a)
José Franz Avilés Corcuy en representación de David Miguel Campos Parada, realizó la siguiente fundamentación: a) Al encontrar en poder de su representado 4 gr. de marihuana, no permitía a la autoridad Fiscal proceda a imputarlo por el presunto delito de suministro de sustancias controladas, toda vez que la cantidad encontrada estas por debajo del parámetro establecido para el “consumo”; y, b) Existirá indebido proceso en contra de su representado por existir defectos absolutos de acuerdo al art. 169 inc.3) del Código de Procedimiento Penal (CPP).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- i
- denegó
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Política del Estado.
- III.1.2. De la acción de libertad
- III.1.3. Sobre el medio idóneo mediante el cual se pueda impugnar, resoluciones que dispongan, modifiquen o rechacen las medidas cautelares
- III.3. Análisis del caso concreto
- resulte importante, acudirá inmediatamente al lugar de la detención e instalará la audiencia
- APROBAR