Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1919/2012
Fecha: 12-Oct-2012
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 29 de junio de 2012, cuando su representado se encontraba a pocos metros de su vivienda, fue interceptado por funcionarios de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico (FELC) quienes ingresaron a dicha vivienda, donde procedieron a requisarlo encontrando en su poder 4 gr. (cuatro gramos) de marihuana que poseía para su consumo; y, posteriormente sin contar con ninguna orden de allanamiento procedieron a requisar aquel domicilio. Una vez que concluyó dicha requisa fue conducido a dependencias de la FELCN en calidad de detenido, sin que exista el presupuesto de flagrancia respecto al delito de suministro de sustancias controladas que posteriormente le fue imputado.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- i
- denegó
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Política del Estado.
- III.1.2. De la acción de libertad
- III.1.3. Sobre el medio idóneo mediante el cual se pueda impugnar, resoluciones que dispongan, modifiquen o rechacen las medidas cautelares
- III.3. Análisis del caso concreto
- resulte importante, acudirá inmediatamente al lugar de la detención e instalará la audiencia
- APROBAR