SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1923/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1923/2012

Fecha: 12-Oct-2012

denegando

La Sala Civil Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, pronunció la Resolución 022/2012 de 17 de mayo, cursante de fs. 127 a 128 vta., denegando la tutela impetrada en base a las siguientes consideraciones: 1) Si bien el abogado de la entidad demandante no es parte en el proceso coactivo social, el fallo cuestionado versa sobre la regulación de honorarios, por lo que ello concierne a dicho profesional; 2) Si la iguala fue declarada nula o no corresponde ser analizada en otra vía; 3) La entidad ahora accionante es una entidad privada pues no se solventa con los recursos del Tesoro General de la Nación (TGN), además, si bien el Auto Supremo a tiempo de casar dispone sin costas, no es menos cierto que mantiene firme y subsistente la Resolución 71/2002, no puede señalarse que se halla liberado de las mismas a los ahora accionantes; y, 4) Los accionantes no realizaron ninguna objeción o impugnación con referencia al honorario del abogado, consecuentemente son hechos consentidos.