Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1923/2012
Fecha: 12-Oct-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes aducen que se vulneraron los derechos al debido proceso, a la “seguridad jurídica” y a la propiedad privada de la entidad a la que representan por cuanto las autoridades recurridas mediante Auto de Vista pronunciado en ejecución de sentencia dentro de un proceso coactivo civil revocaron la resolución del inferior disponiendo el pago de honorarios pese a que el Auto Supremo de 1 de abril de 2010, determina que el proceso es sin costas en aplicación de los arts. 39 de la Ley 1178 y 52 del DS 23115 y, obviamente, no sólo para el recurso de casación. En ese contexto cabe considerar los siguientes fundamentos.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2 Informe de las autoridades demandadas
- a)
- denegando
- II.1
- II.2.
- II.3
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- Fragmento 11
- III.2. En cuanto al debido proceso
- III.3. Análisis del caso concreto
- 4º