SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1933/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1933/2012

Fecha: 12-Oct-2012

i)

Víctor Hermo Salinas Maure, en su calidad de Fiscal de Materia, presentó informe escrito, cursante de fs. 22 a 23, que señala: i) El arresto se realizó con fines investigativos desde horas 23:50 del 29 hasta las 7:15 del 30 de agosto, quedando en libertad a esa misma hora, notificándosele a horas 8:30, para que preste su declaración a las 9:00, pero su representante y abogado accionante se presentó recién a horas 11:15 y a las 11:30, se tomó la declaración informativa a la denunciada; ii) A horas 12:30 del 30 de agosto de 2012, se notificó a la imputada con la Resolución de aprehensión y se pasó a conocimiento del Juez cautelar a horas 11:30 del 31 del mismo mes y año, por lo que se cumplió los plazos procesales, y la orden de aprehensión cumplió con los requisitos establecidos en el art. 226 del Código de Procedimiento Penal (CPP); iii) Respecto de que la Jueza no hubiera resuelto una excepción planteada y ordenado detención preventiva de la imputada es falso; y, iv) La accionante no agotó las vías de reclamo como es la apelación, por el principio de subsidiariedad, antes de acudir a la jurisdicción constitucional, y como no se ha vulnerado los derechos constitucionales, pide se declare improcedente el recurso.