SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1933/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1933/2012

Fecha: 12-Oct-2012

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 29 de “septiembre” de 2012, a horas 18:00 aproximadamente, varias personas de manera prepotente, abusiva y sin orden de aprehensión, sacaron a Kattia Kary Delia Céspedes Caero de su domicilio para llevarla a dependencias de la FELCC, estos hechos se realizaron sin que exista denuncia contra la accionante; sin embargo, funcionarios policiales de la FELCC, la llevaron a las celdas de la Brigada de Protección a la Familia, indicando que se encontraba arrestada, pero luego la procesaron ante una denuncia por el supuesto delito de estafa. Estando detenida por más de “12 horas” hasta las 8 de mañana del 30 de agosto del citado año, se procedió a tomar su declaración informativa a medio día, concluida la misma, ésta fue remitida a la Brigada de Protección a la Familia en calidad de aprehendida, lugar en el que permaneció hasta horas 14:00 del 31 de agosto, posteriormente fue puesta a disposición del Juez Primero de Instrucción Mixto y cautelar para que resuelva su situación jurídica en la audiencia señalada para horas 14:30 del mismo día.

Indica también que en la referidaaudiencia; no obstante, que hizo notar las irregularidades y arbitrariedades de los particulares, la Policía  Boliviana y el Ministerio Público presentó una excepción de falta de acción pero la Jueza convalidando todos los actos arbitrarios prosiguió la audiencia sin resolver previamente la excepción planteada que es de previo y especial pronunciamiento y determinó la detención preventiva de la accionante en la cárcel pública de Arani.