SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1944/2012
Fecha: 12-Oct-2012
III.3. Análisis del caso concreto
De la documentación que informa los antecedentes de la presente acción, se evidencia que el accionante en ningún momento acreditó de manera objetiva la existencia de actos o medidas, asumidas sin causa jurídica; por cuanto al ser copropietario del bien en el que se originó el conflicto, pudo acudir a la instancia legal competente en la vía ordinaria a objeto de hacer valer sus derechos porque al igual que el demandado tiene un derecho real sobre el mencionado bien inmueble; vale decir, que ambas partes se encuentran en igualdad de condiciones desde el punto de vista legal; sin haber demostrado el accionante, su dominialidad o titularidad, argumento ampliamente desarrollado en el Fundamento Jurídico III.2 referente a la carga probatoria a ser cumplida por la parte peticionante de tutela, con respecto al bien sobre el cual denuncia medidas de hecho, ante la existencia de escrituras públicas de compra venta tanto a favor del accionante como del demandado; aspecto que debe ser dilucidado en la vía ordinaria.
De esta forma al no haber cumplido el accionante con la debida fundamentación y acreditación de que efectivamente estaba frente a una medida de hecho a momento de denunciar la vulneración a su derecho propietario mediante medidas de hecho por parte del demandado; quien también tiene un derecho propietario sobre una parte del mismo bien inmueble, no fue afectado en el derecho que denuncia como lesionado; es así que el demandado no hizo ejercicio de la justicia por mano propia ni realizó abusos contrarios al orden constitucional vigente, aspectos que son determinantes para la configuración de las medidas de hecho de acuerdo a lo expuesto en el Fundamento Jurídico antes citado, de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- Fragmento 6
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- Fragmento 14
- III.2. Las vías de hecho, finalidad de la tutela constitucional, definición y presupuestos de activación
- Fragmento 16
- En cuanto a la flexibilización del principio de subsidiariedad frente a vías de hecho
- Fragmento 18
- La carga probatoria a ser cumplida por la parte peticionante de tutela
- Modulación de la línea jurisprudencial
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR