Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1978/2012
Fecha: 12-Oct-2012
a)
Solicita se conceda la tutela, con costas y en consecuencia se ordene: a) Su reincorporación al mismo cargo que ocupaba; b) El pago de sueldos adeudados y otros derechos sociales devengados desde la fecha de su despido hasta el momento de su efectiva reincorporación; c) Se proceda a su re-afiliación inmediata a la Caja de Salud de la Banca Privada; y, d) Se restablezcan todos sus “derechos sociales, incluyendo la antigüedad, saldo de aguinaldo de la gestión 2010, prima, bonos e incentivos, entre otros, mas los subsidios familiares” (sic).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedio
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- II.2. De la protección a la mujer trabajadora en estado de gestación
- III.3. De la necesidad de comunicación al empleador sobre la situación del embarazo
- III.4. El derecho a la vida y el derecho a la salud
- III.5. Derecho a la seguridad social
- III.6 Alcance de la protección de la estabilidad laboral por embarazo
- III.7. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR