Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1978/2012
Fecha: 12-Oct-2012
II.1.
II.1. Finiquito por retiro forzoso, con sello de 13 de septiembre de 2010, correspondiente a la Jefatura Departamental de Trabajo de Cochabamba, suscrito por la accionante y el Banco Solidario S.A., en el que se da lugar a liquidación de la remuneración promedio indemnizable en base a los últimos tres meses trabajados por la accionante en el Banco Solidario S.A., como “Asesor de Crédito - Huayra K'hasa”, más desahucio de tres meses y beneficios sociales, haciendo un total de importe líquido a pagar de Bs 37.792,51.-(treinta y siete mil setecientos noventa y dos 51/100 bolivianos) firmando la accionante la recepción de dicho monto a su entera satisfacción (fs. 4 y vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedio
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- II.2. De la protección a la mujer trabajadora en estado de gestación
- III.3. De la necesidad de comunicación al empleador sobre la situación del embarazo
- III.4. El derecho a la vida y el derecho a la salud
- III.5. Derecho a la seguridad social
- III.6 Alcance de la protección de la estabilidad laboral por embarazo
- III.7. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR