Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1982/2012
Fecha: 12-Oct-2012
a)
Solicita se declare “procedente” su acción de amparo constitucional y se le restituya todos sus derechos constitucionales, disponiendo: a) la nulidad de cualquier proceso interno que se hubiera iniciado contra su persona; b) la inmediata restitución de sus derechos culturales como folklóricos; c) Se reconozca el debido proceso; y, d) Se condene a los demandados al pago de daños, perjuicios y costas, que deben cubrir directamente los infractores y no la “entidad”.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las personas demandadas
- concedió en parte
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- Fragmento 13
- III.1. Alcances y naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- que funda su pretensión
- III.3. Sobre el derecho de petición
- Fragmento 17
- III.4.1. La carga probatoria reside en el accionante.
- 1º