SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1983/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1983/2012

Fecha: 12-Oct-2012

5)

5) Por la lectura del Auto de Vista 31/2007, que se sustentó en un análisis minucioso de antecedentes, se acreditó más allá de la duda razonable que la impetrante cometió el delito de uso de instrumento falsificado; 6) El Auto de Vista 31/2007, con referencia a la inadecuada fijación de la pena; a que la ahora accionante no habría cometido el delito; al elemento subjetivo de haber conocido que fue falso el documento que dio origen al proceso; a las contradicciones entre la parte considerativa y la parte resolutiva de la sentencia; y, a la defectuosa valoración de la prueba, se emitió sin infringir las disposiciones legales aplicables al caso; y, 7) Por el estudio del Auto Supremo impugnado, se puede apreciar que carecen de fundamento todos y cada uno de los argumentos expuestos por la accionante por lo que corresponde se deniegue el petitorio de referencia.