SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1983/2012
Fecha: 12-Oct-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante, alega la lesión de su derecho al debido proceso en su vertiente de correcta motivación de las resoluciones puesto que José Luis Baptista Morales y Ramiro José Guerrero Peñaranda, Ministros de la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, emitieron el Auto Supremo 381 de 13 de noviembre de 2010, en cumplimiento a la Resolución del Tribunal de garantías en una primera acción de amparo constitucional, que no consideró los defectos contenidos en el Auto de Vista 31/2007 de 10 de Diciembre, que se encuentran detallados en el memorial del recurso de casación presentado, haciendo incongruente su fallo. En consecuencia, corresponde determinar en revisión si los extremos demandados son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.3. Petitorio
- 1)
- 5)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 17
- III.2. La interpretación de la legalidad ordinaria como facultad de la jurisdicción ordinaria
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR