Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2011/2012
Fecha: 12-Oct-2012
Fragmento 10
De acuerdo a lo señalado por el tratadista José Decker Morales en su obra “Código de Procedimiento Civil - Comentarios y Concordancia”, los procesos interdictos sólo protegen la posesión sin tener en cuenta el derecho de propiedad, su importancia no sólo radica en la tranquilidad social, sino también en los efectos que produce, porque la posesión es un hecho real de trascendencia jurídica, puesto que mediante la posesión se puede adquirir el dominio de los inmuebles por el solo transcurso del tiempo.
- acción de inconstitucionalidad concreta,
- I.1. Contenido de la Resolución
- I.1.1 Relación sintética de la acción
- I.2. Admisión y citaciones
- a)
- “ARTÍCULO 175.- (DESMONTES).
- I.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El control de constitucionalidad
- Fragmento 10
- III.2. Marco jurídico procesal de los interdictos posesorios en la judicatura agraria
- III.3.1. En cuanto a la función social o económica social de la propiedad agraria
- III.3.2. Sobre la actividad del desmonte y la protección del medio ambiente
- III.4.
- CONSTITUCIONALIDAD