Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2011/2012
Fecha: 12-Oct-2012
I.2. Admisión y citaciones
Por AC 0472/2012-CA de 27 de abril, cursante de fs. 210 a 213, la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, admitió el “recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad” -ahora acción de inconstitucionalidad concreta- y ordenó poner en conocimiento del Presidente de la Asamblea Legislativa Plurinacional, Álvaro Marcelo García Linera, como representante del órgano que generó la norma impugnada, diligencia que se cumplió el 17 de agosto de 2012 (fs. 241).
- acción de inconstitucionalidad concreta,
- I.1. Contenido de la Resolución
- I.1.1 Relación sintética de la acción
- I.2. Admisión y citaciones
- a)
- “ARTÍCULO 175.- (DESMONTES).
- I.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El control de constitucionalidad
- Fragmento 10
- III.2. Marco jurídico procesal de los interdictos posesorios en la judicatura agraria
- III.3.1. En cuanto a la función social o económica social de la propiedad agraria
- III.3.2. Sobre la actividad del desmonte y la protección del medio ambiente
- III.4.
- CONSTITUCIONALIDAD