SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2015/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2015/2012

Fecha: 12-Oct-2012

III.    FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante, alega la vulneración de sus derechos al debido proceso, y a la “seguridad jurídica”; por cuanto, el Presidente del Tribunal Primero de Sentencia Penal, autoridad demanda no observó en audiencia de sorteo de jueces ciudadanos la irregular notificación realizada con la orden instruida para dicha audiencia, toda vez que el formulario de notificaciones no tiene cargo y se ignora quién recepcionó; posteriormente, Yhilka Fátima Hinojosa Fernández en suplencia de Alberto Villegas Garcia, ambos Fiscales de Materia, planteó recusación contra el Juez demandado; no obstante instaló la audiencia y tomó juramento a los Jueces Ciudadanos; desarrollada la misma, se pronunció rechazando la recusación in límine. En consecuencia, corresponde verificar, en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales o garantías constitucionales del accionante, a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.