SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2018/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2018/2012

Fecha: 12-Oct-2012

”DENEGO”

La Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Chuquisaca, constituido en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 116/11 de 31 de marzo de 2011, cursante de fs. 232 a 237 vta., por la cual ”DENEGO” la tutela solicitada, con los siguientes fundamentos: 1) El accionante se limitó a señalar la violación de derechos y garantías fundamentales, sin precisar la relación de causalidad que debe existir entre el hecho que sirve de fundamento y la lesión causada al derecho o garantía constitucional, no es suficiente nombrarlos de manera genérica y en que norma se encuentran, sino que debe exponerse, como estos hechos vulneran los derechos supuestamente lesionados; 2) No señaló objetivamente que pruebas de descargo hubiesen sido presentadas y no valoradas, para saber a ciencia cierta si estas tienen relevancia para el asunto reclamado; 3) Las autoridades accionadas han obrado conforme a ley en su oportunidad, no siendo ciertos ni evidentes las vulneraciones de derechos y garantías constitucionales ni de normas procesales disciplinarias, siendo que la sanción impuesta emerge de un proceso disciplinario legal; y, 4) Incurre en confusión al invocar en su petitorio que se anule la Resolución 139/2010, así como la Sentencia Disciplinaria 039/2008, pretendiendo que se establezca la nulidad de actos del Tribunal Sumariante y de Plenario del Consejo de la Judicatura, cuando no es competencia del Tribunal de garantías disponer la nulidad de un proceso disciplinario, ya que es una pretensión que tiene una vía que la propia ley ha establecido como medio idóneo para pronunciarse sobre la mencionada nulidad de obrados solicitada.