Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2054/2012
Fecha: 16-Oct-2012
II.2.
II.2. Sentencia 09/2010 de 4 de febrero, emitida por Mario Osorio Soliz, Juez Tercero de Instrucción en lo Civil, que declaró probada la demanda de reivindicación del derecho propietario interpuesta por José Romano Aricoma en representación de Albertina Apaza Rodríguez de Alarcón y se concedió el plazo de treinta días para que los demandados Cleto Alarcón Cuentas, Virginia Clara Surco Kuaquira de Alarcón, Daniel Alarcón Cuentas, Felisa Vásquez Juaniquina y Miguelina Cuentas Vda. de Alarcón, restituyan el bien inmueble a su propietaria (28 a 30).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. La legitimación pasiva en acciones de amparo constitucional
- III.3. La acción de amparo constitucional no es instancia de impugnación de última decisión de la jurisdicción ordinaria
- III.4. Análisis del caso concreto
- denegado
- CONFIRMAR