AUTO CONSTITUCIONAL 0129/2012-RCA-SL
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0129/2012-RCA-SL

Fecha: 23-Nov-2012

permanente ausencia de la demandada, el accionante pagó a la cuñada de ésta, los montos del alquiler, así como a la citada Cooperativa por concepto de mejoras al local

Señaló que, en virtud de la permanente ausencia de la demandada, el accionante pagó a la cuñada de ésta, los montos del alquiler, así como a la citada Cooperativa por concepto de mejoras al local. Sin embargo, por iniciativa de la propietaria, el 5 de julio de 2010, suscribieron un contrato de alquiler, pero en los meses siguientes la demandada se negó a recibir el dinero por concepto de alquileres, sin razón aparente, lo que llevó al accionante a colegir una pretensión de desalojo de parte de la dueña y, para evitar este supuesto, hizo efectivos los pagos a través de depósitos judiciales, con la intención de evitar la privación de su fuente de trabajo, aclarando que nunca se le entregaron facturas de respaldo.