AUTO CONSTITUCIONAL 0132/2012-RCA-SL
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0132/2012-RCA-SL

Fecha: 23-Nov-2012

Fragmento 5

El accionante por su representada denunció la violación de los derechos a la defensa, a la “seguridad jurídica” y al debido proceso en su elemento a la congruencia, consagrados en los arts. 115.II de la CPE; 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14 del PIDCP; sin embargo, la acción de amparo constitucional al haber sido declarado improcedente in limine por el Tribunal de garantías, corresponde, a la Comisión de Admisión en revisión dilucide si tal declaratoria se enmarca dentro de las previsiones de la Constitución Política del Estado y la Ley del Tribunal Constitucional.