AUTO CONSTITUCIONAL 0152/2012-RCA-SL
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0152/2012-RCA-SL

Fecha: 28-Nov-2012

II.4.  Sobre la identidad de sujeto, objeto y causa en la interposición de la acción de amparo constitucional

Así, la SCP 0831/2012 de 20 de agosto, sobre el tópico, señaló: “Por su parte, el Tribunal Constitucional en el desarrollo de su jurisprudencia sobre el particular, mediante la SC 0776/2011-R de 20 de mayo, con referencia a la causal citada precedentemente, asumiendo la orientación contenida en la SC 0115/2003-R de 28 de enero, señaló que: `…debe existir necesariamente la concurrencia de las tres identidades indicadas; es decir: a) de sujetos: que sean las mismas personas que presentan el recurso y lo dirigen contra la misma autoridad o personas particulares contra las que recurrieron antes; b) de causa: que el motivo (acto o resolución), que da origen al amparo, sea el mismo en ambos casos; y c) de objeto: que el propósito del recurso, sea el mismo tanto en el primer como en el segundo amparo´.