Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0166/2012-RCA-SL
Fecha: 30-Nov-2012
II.5. Análisis del caso concreto
De la revisión y análisis correspondiente, se advierten la acreditación de personería del accionante, al interponer por sí la presente acción, fue identificada la legitimación pasiva, indicando el nombre y domicilio de la autoridad demandada, fueron acompañadas las pruebas en que funda su pretensión; sin embargo se advierte la falta de señalamiento de nombre y domicilio de tercero interesado, por tanto no se encuentran cumplidos todos los requisitos de forma necesarios en toda acción de amparo constitucional, como requisitos de admisibilidad.
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- a)
- I.3. Petitorio
- la improcedencia
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- Fragmento 6
- II.1. Aplicación de la Ley 1836 para la liquidación de acciones tutelares ingresadas hasta el 31 de diciembre de 2011
- II.
- II.3. Improcedencia de la acción de amparo constitucional, por falta de inmediatez
- II.4. Exigencia de señalar nombre y domicilio de tercero interesado
- II.5. Análisis del caso concreto
- i)
- APROBAR