AUTO CONSTITUCIONAL 0841/2012-CA
Fecha: 07-Nov-2012
a)
De la revisión de los antecedentes aparejados al expediente consta que se corrió en traslado mediante proveído de 5 de julio de 2010, cursante a fs. 7; habiendo respondido el recurso de inconstitucionalidad Juan Carlos Rojas Calizaya, Director Nacional a.i., del INRA, por memorial de 21 de julio del indicado año (fs. 8 a 12 vta.), quien señaló que: a) El recurrente desconoce lo que se entiende por cumplimiento de la FES como concepto integral, que no implica únicamente tener actividad y explotar la tierra, sino que la referida actividad no sea contraria a la sociedad ni al interés colectivo establecido en el art. 2 de la Ley 1715, porque dicha función no puede sustentarse en las relaciones servidumbrales; b) El INRA no usurpó funciones al tomar la determinación, siendo que sólo cumplió el mandato legal de los preceptos constitucionales y con las normas dispuestas por el DS 29215; c) El Órgano Ejecutivo emitió el DS cuestionado, busca la protección de los derechos fundamentales establecidos por la CPE; y, d) No mencionó la ley, decreto o resolución no judicial cuya inconstitucionalidad se cuestiona y su vinculación con el derecho que estima lesionado, no cumple con los requisitos establecidos en el art. 60.1 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC).
- Sala Primera del Tribunal Agrario Nacional
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- rechazó
- II.1. Normas jurídicas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. De la acción de inconstitucionalidad concreta
- II.4. Cumplimiento de los requisitos de procedencia
- 3.
- II.5. Análisis del caso concreto
- y si bien, en un sentido amplio también puede darse en otros casos como los incidentes y excepciones, sólo será admisible si los mismos determinarán la situación jurídica de las partes, si ponen fin al litigio, o afectan derechos discutidos en la demanda principal…”
- 2º
- 3º Poner