AUTO CONSTITUCIONAL 0841/2012-CA
Fecha: 07-Nov-2012
Sala Primera del Tribunal Agrario Nacional
En consulta la Resolución de 26 de julio de 2010, cursante de fs. 13 a 14 vta., pronunciada por la Sala Primera del Tribunal Agrario Nacional por la que rechazó la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad ahora -acción de inconstitucionalidad concreta-, formulado por Cliver Villalba Aguirre en representación legal de Federico Reynaga Cuba demandando la inconstitucionalidad del art. 157 del Decreto Supremo (DS) 29215 de 2 de agosto de 2007 y parágrafos IV, VI inc. f) y IX de la Guía para la Verificación y Valoración de la Función Económica Social Cuando Existen Indicios o Denuncias de la Existencia de la Relaciones Servidumbrales, Trabajo Forzoso o Formas Análogas, aprobada por la Resolución Bi-Ministerial 005/2007 de 14 de noviembre, por considerar que presuntamente vulneran los arts. 8, 13, 115.II, 117, 119, 120.I y 180.I de la de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Sala Primera del Tribunal Agrario Nacional
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- rechazó
- II.1. Normas jurídicas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. De la acción de inconstitucionalidad concreta
- II.4. Cumplimiento de los requisitos de procedencia
- 3.
- II.5. Análisis del caso concreto
- y si bien, en un sentido amplio también puede darse en otros casos como los incidentes y excepciones, sólo será admisible si los mismos determinarán la situación jurídica de las partes, si ponen fin al litigio, o afectan derechos discutidos en la demanda principal…”
- 2º
- 3º Poner