Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0841/2012-CA
Fecha: 07-Nov-2012
rechazó
Por Resolución de 26 de julio del año antes referido, cursante de fs. 13 a 14 vta., la Sala Primera del Tribunal Agrario Nacional rechazó la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad ahora -acción de inconstitucionalidad concreta- con el siguiente fundamento: No existe duda razonable respecto a la aplicabilidad del art. 157 del DS 29215, como también del punto IV, VI inc. f) y IX de la Guía para la valoración de la función económica social y en razón de que los mismos fueron sometidos a control de constitucionalidad.
- Sala Primera del Tribunal Agrario Nacional
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- rechazó
- II.1. Normas jurídicas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. De la acción de inconstitucionalidad concreta
- II.4. Cumplimiento de los requisitos de procedencia
- 3.
- II.5. Análisis del caso concreto
- y si bien, en un sentido amplio también puede darse en otros casos como los incidentes y excepciones, sólo será admisible si los mismos determinarán la situación jurídica de las partes, si ponen fin al litigio, o afectan derechos discutidos en la demanda principal…”
- 2º
- 3º Poner