Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0867/2012-CA
Fecha: 26-Nov-2012
3° ADMITIR
3° ADMITIR la acción de inconstitucionalidad concreta planteada en representación legal de la empresa CORHAT BOLIVIA S.A., legalmente representada por José Evandro Padua Vilela Neto, demandando la inconstitucionalidad del art. 6 incorporado por la Resolución Regulatoria 01-00005-11 de 10 de junio de 2011, así como del art. 54 de dicha Resolución Regulatoria.
- Autoridad de Fiscalización y Control Social del Juego-AJ
- I. CONSIDERACIONES PREVIAS
- II.1. Síntesis de la solicitud de parte
- Excusas y suplencia legal.- Dentro del régimen sancionador el régimen de excusas y suplencias legales es el siguiente: I. No son aplicables en el procedimiento sancionador LAS RECUSACIONES ni incidente alguno”
- a)
- rechazó
- III.2. De la acción de inconstitucionalidad concreta
- III.3. Requisitos de procedencia y contenido de la acción de inconstitucionalidad concreta
- III.4. Análisis del caso concreto
- 3° ADMITIR
- 4° Poner