Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SCP 02465/2012 de 22 de noviembre de 2012
Fecha: 22-Nov-2012
interpretación progresiva
Sin embargo de ello, considerando que nos encontramos en un nuevo modelo constitucional social, plurinacional y sobre todo garantista; la interpretación que se realice, debe encontrarse acorde a los principios y valores que irradian la Constitución Política del Estado, otorgando así una interpretación progresiva en busca de la eficacia de los derechos fundamentales y garantías constitucionales; razón por la cual, por la naturaleza del instituto de la incautación de bienes y por la dinámica procesal penal que refleja la realidad, se constata la diversidad de situaciones jurídicas que deben ser protegidas a partir de una correcta interpretación de la norma.
- I.1.
- I.2. Hechos que motivan la acción
- 2)
- interpretación progresiva
- puede ser interpuesto aún en ejecución de Sentencia y no “únicamente” antes de dictar la misma
- recién conoce sobre el estado de su bien después de la Sentencia emitida contra un tercero
- AS 255
- 2.-
- III.2. Análisis del caso concreto
- las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
- APROBAR