Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2101/2012
Fecha: 08-Nov-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante, alega la vulneración de los derechos de su representado al debido proceso, a la defensa, y a la “seguridad jurídica”, alegando que al no haberse dado cumplimiento a una orden emanada de autoridad policial superior respecto a su reasignación de funciones -por parte del Comandante Fronterizo de la Policía de Guayaramerín- se habría coartado su derecho al trabajo, pese a la solicitud de cumplimiento del memorándum 1719/2012, la misma que no fue respondida. En revisión, corresponde dilucidar si los hechos denunciados son evidentes y sí estos constituyen actos que lesionan los derechos invocados por la accionante.
- Fragmento 1
- I.1.1. Fundamentos de hecho que motivan la acción
- a)
- I.2.3.
- Fragmento 5
- II.1
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la acción de amparo constitucional
- III.2. Naturaleza subsidiaria de la acción de amparo constitucional
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno,
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR