SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2112/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2112/2012

Fecha: 08-Nov-2012

Fragmento 22

           En el caso que se plantea se tiene que la accionante es propietaria de un lote de terreno de 9685.50 m2, ubicado en el barrio “Las Malvinas”, en la zona sud de Puerto Suárez, cuyo derecho propietario está inscrito en los registros de DD.RR. de la provincia Germán Busch, bajo la matrícula computarizada 7.14.1.01.0000599 de 22 de noviembre de 2004, lugar en el que tiene construido un cuarto y los respectivos servicios básicos y que sirvió como garantía hipotecaria, para que la accionante acceda a un crédito bancario en la financiera PRODEM S.A., lote de terreno que habría sido avasallado por gente inescrupulosa a la cabeza de Verónica Soliz, Presidenta de la OTB del barrio “Las Malvinas”, que junto a los otros codemandados, procedieron a repartirse el terreno y le prohibieron el ingreso al mismo, llegando al extremo de apedrearla y amenazarla de muerte con palos y machetes; el referido avasallamiento, se habría producido aprovechando que el Gobierno Autónomo Municipal de Puerto Suarez procedió a la apertura de dos calles que dividió su terreno en cuatro partes, sin que la institución nombrada le hubiera notificado con alguna Resolución Municipal que ordene la referida apertura; ante esa situación, la accionante solicitó a la institución edil, se proceda a la medición del lote de terreno para la extensión de un nuevo plano, tarea que fue encomendada a funcionarios del Departamento Técnico de la comuna, con quienes se hizo presente en el lugar para realizar la correspondiente medición; empero, fueron interceptados por los avasalladores quienes no permitieron se proceda a la labor técnica solicitada, originándose un enfrentamiento entre estos y la accionante, por lo que tanto técnicos como afectada tuvieron que abandonar el lugar, pero fue este momento que causo extrañeza a la accionante, ya que uno de los funcionarios del municipio, específicamente el asesor legal Edwin Requena Rodas, se habría quedado a charlar con la demandada Carla Verónica Soliz Pérez y supuestamente habría acordado regresar al lugar para llegar a un acuerdo que va en contra de los interés de la accionante, que indica que estos funcionarios municipales (Edwin Requena Rodas, Serguey Silva Dorado y Miguel Coca Salazar), ahora codemandados, habrían retornado sin ella al lugar al día siguiente, y habrían procedido a limpiar el terreno con maquinaria del Municipio y repartirse los lotes con los avasalladores.