SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2116/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2116/2012

Fecha: 08-Nov-2012

III.3. Análisis del caso concreto

El accionante interpuso la presente acción tutelar, aduciendo que su estado de salud se encontraría en peligro, y que el proceso que se sustanció en su contra está lleno de irregularidades, por parte de los jueces que tuvieron conocimiento de la causa: en consecuencia manifestó que su detención es indebida e ilegal.

De los antecedentes del proceso, se colige que el accionante, fue aprehendido el 30 de noviembre de 2010, en mérito a un mandamiento de condena, expedido por la Jueza de Instrucción en lo Penal, librado el 25 del mismo mes y año, habiendo sido procesado dentro de una demanda penal, seguida por Jorge Francisco Machicado Juarez, por la presunta comisión del delito de giro defectuoso de cheque, sustanciado el año 2000, que concluyó con sentencia condenatoria en rebeldía del accionante, disponiendo su condena privativa de libertad de cuatro años.

En consecuencia, se evidencia que el accionante pretende cuestionar a través de esta acción tutelar, la inexistencia del delito condenado, desconociendo que no es atribución de esta jurisdicción constitucional, la determinación de la existencia o no de la comisión de los delitos, quedando abierta esta acción ante supuestos de procesamiento indebido en el que se hubiese provocado indefensión, lo que no se advierte en el caso que nos ocupa, al no evidenciarse que los demandados hubieran provocado la indefensión aludida por el accionante, prueba de ello es que el accionante menciona haber demostrado la inexistencia del delito condenado; es decir, utilizo mecanismos de defensa, por tanto conforme se ha mencionado no corresponde a esta jurisdicción establecer la existencia o no del tipo penal acusado.