Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2134/2012
Fecha: 08-Nov-2012
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución de 27 de septiembre de 2012, cursante de fs. 283 a 286 vta., pronunciada por la Jueza Primera de Partido en lo Civil y Comercial de Quillacollo del departamento de Cochabamba; y en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- improcedencia
- II.4.
- el objeto
- III.1. La acción de amparo constitucional. Su configuración
- III.2. En cuanto al principio de inmediatez del amparo constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- el cómputo del plazo para la presentación de este recurso data de 21 de septiembre de 2011, fecha en la cual se notificó al ahora accionante con el Auto de 15 de septiembre de 2011
- CONFIRMAR