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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 2138/2012
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 2138/2012

    Fecha: 08-Nov-2012

    I.

              I. El proceso de contratación podrá ser cancelado, anulado o suspendido hasta antes de la suscripción del contrato o emisión de la orden de compra, mediante Resolución expresa, técnica y legalmente motivada. La entidad convocante no asumirá responsabilidad alguna respecto a los proponentes afectados por esta decisión.

    • acción de inconstitucionalidad abstracta
    • I.1. Contenido de la acción
    • I.2. Admisión y citación
    • I.3. Alegaciones del personero del órgano que generó la norma impugnada
    • II.1.
    • III.1. Alcances de la acción de inconstitucionalidad
    • III.2. La fuerza vinculante de las sentencias constitucionales
    • la vinculatoriedad de las Sentencias del Tribunal Constitucional, implica que los poderes públicos que sean aplicadores del derecho, se encuentran sujetos a la manera de cómo los preceptos y principios de la Constitución, han sido interpretados por el Tribunal Constitucional.
    • III.3. Marco normativo que rige en los procesos de contratación en el ámbito municipal
    • I.
    • f.
    • III.4. Sobre la jurisprudencia constitucional existente, en relación a los procesos de contratación en el ámbito municipal
    • III.5.1.       Sobre la presunta inconstitucionalidad del artículo segundo de la Resolución Concejal 021/2010 de 25 de febrero
    • y positivo del ente deliberante
    • 1°

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