SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 2138/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 2138/2012

Fecha: 08-Nov-2012

III.3. Marco normativo que rige en los procesos de contratación en el ámbito municipal

          Artículo 27° Cada entidad del Sector Público elaborará en el marco de las normas básicas dictadas por los órganos rectores, los reglamentos específicos para el funcionamiento de los Sistemas de Administración y Control Interno regulados por la presente Ley y los Sistemas de Planificación e Inversión Pública. Corresponde a la máxima autoridad de la entidad la responsabilidad de su implantación…”.

          Por otro lado el DS 181 de 28 de junio de 2009, sobre Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios, que abroga el DS 29190 de 11 de julio de 2007, de forma concreta a tiempo de regular las contrataciones estatales, en su normativa pertinente con relación al caso en análisis, refiere:

          “ARTÍCULO 6.- (ÁMBITO DE APLICACIÓN). Las presentes NB-SABS y los instrumentos elaborados por el Órgano Rector, son de uso y aplicación obligatoria por todas las entidades públicas, señaladas en los Artículos 3 y 4 de la Ley 1178 y toda entidad pública con personería jurídica de derecho público, bajo la responsabilidad de la MAE y de los servidores públicos responsables de los procesos de contratación, manejo y disposición de bienes y servicios.