SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2145/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2145/2012

Fecha: 08-Nov-2012

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 8 de septiembre de 2011, ingresó a trabajar en la Empresa SETAR Subsistema Bermejo, mediante un contrato temporal. Posteriormente fue celebrado un segundo contrato desde el 6 de diciembre de 2011 hasta el 6 de junio de 2012, en cuyo objeto se le asignaron las funciones de Asesor legal de la citada empresa de servicios eléctricos, dando lugar a que realice tareas recurrentes al giro principal de la entidad.

Indica que, en los hechos su relación laboral con la citada empresa correspondía a una relación permanente, “camuflada” (sic) de eventual, ya que fue efectivamente empleado de planta, encontrándose registrado en planillas de la entidad, marcando tarjeta y desarrollando sus labores durante las ocho horas que demanda la jornada de trabajo, hechos que indubitablemente demuestran la existencia de una actividad laboral de naturaleza indefinida, no obstante de aquello fue despedido intempestivamente sin justificación alguna el 6 de junio de 2012. 

Agrega que, fueron vulnerados el Decreto Ley (DL) 16187 de 16 de febrero de 1979 y el Decreto Supremo (DS) 28699 de 1 de mayo de 2006, así como la Resolución Ministerial (RM) 193/72, todas éstas normas relacionadas con la estabilidad laboral y con los contratos a plazo fijo periódicamente renovados que derivan en una relación laboral indefinida, fundamento de orden legal que además fue aplicado en distintos autos supremos pronunciados por el ahora Tribunal Supremo de Justicia, situación que en su caso no fue respetada, vulnerándose de esta manera sus derechos laborales y sobretodo la “seguridad jurídica” que es la garantía de la estabilidad.