SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2152/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2152/2012

Fecha: 08-Nov-2012

1)

Willzon Arébalo Coria, Juez Décimo de Instrucción en lo Penal del departamento de Santa Cruz, mediante informe escrito de 19 de septiembre de 2012, cursante a fs. 46, manifestó que: 1) La imputada refirió que en reiteradas oportunidades, solicitó audiencia para la cesación de la detención preventiva, llevándose a cabo la última, en la que se rechazó su solicitud porque no cumplió con lo establecido en el art. 239.1 del Código de Procedimiento Penal (CPP), es decir, que no desvirtuó los peligros procesales establecidos, Resolución que no fue objeto de apelación ni de otro recurso, quedando firme; 2) Si bien la accionante solicitó nuevamente señalamiento de audiencia de cesación a la detención preventiva, misma estaba fijada para el 5 de octubre de 2012, a horas 10:00; y, 3) Respecto a la falta de providencia de los memoriales presentados por la procesada, los mismos fueron debidamente decretados, por lo que existe vulneración a los derechos de la accionante; por lo fundamentado y al no ser los recursos constitucionales sustitutivos de otros que franquea la ley, solicita se declare la improcedencia del presente “recurso”, con costas.