Juristeca
Juristeca País
    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2153/2012
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2153/2012

    Fecha: 08-Nov-2012

    acción de libertad

    En revisión la Resolución 24/2012 de 28 de septiembre, cursante de fs. 76 vta. a 78 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad presentada por Mariano Medina Calderón en representación de Jorge Alberto Sandoval Rivero contra Marcelo Barrientos Díaz, Juez Cuarto de Partido de Familia del departamento de Santa Cruz.

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • II.1.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.1.1. El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
    • III.1.2. De la acción de libertad
    • III.1.3. La acción de libertad en el Código Procesal Constitucional
    • III.2. El mandamiento de apremio en cuanto a la asistencia familiar
    • que la obligación de cumplir con la asistencia familiar es inexcusable bajo prevención de expedirse mandamiento de apremio, esto porque está vinculada a derechos fundamentales cuyos titulares son menores de edad
    • cuando aquélla es solicitada y se practica la liquidación por los pagos devengados, la autoridad competente debe necesariamente notificar al obligado, conminándolo para que cumpla dentro del plazo legal con su obligación
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca