Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2153/2012
Fecha: 08-Nov-2012
II.6.
II.6. Por decreto de 30 de agosto de 2012, al no estar acreditado el pago de la asistencia familiar devengada por el obligado a pesar de su legal notificación con la liquidación practicada, determinó que de acuerdo al art 436 del CF líbrese mandamiento de apremio solicitado contra Jorge Alberto Sandoval Rivero (fs. 46 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.1.1. El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- III.1.2. De la acción de libertad
- III.1.3. La acción de libertad en el Código Procesal Constitucional
- III.2. El mandamiento de apremio en cuanto a la asistencia familiar
- que la obligación de cumplir con la asistencia familiar es inexcusable bajo prevención de expedirse mandamiento de apremio, esto porque está vinculada a derechos fundamentales cuyos titulares son menores de edad
- cuando aquélla es solicitada y se practica la liquidación por los pagos devengados, la autoridad competente debe necesariamente notificar al obligado, conminándolo para que cumpla dentro del plazo legal con su obligación
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR