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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2297/2012
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2297/2012

    Fecha: 16-Nov-2012

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    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • a)
    • concedió en parte
    • I.3. Consideraciones de Sala
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. La naturaleza de la acción de libertad
    • III.2. Aplicación del principio de celeridad en la administración de justicia
    • III.3. La tramitación de la recusación en materia penal
    • lo que corresponde es conformar un tribunal a objeto de que considere la recusación de los jueces recusados, quienes formularon rechazo de la recusación presentada en su contra
    • cuando un juez de tribunal de sentencia recusado rechaza la recusación planteada en su contra, esta decisión, junto con la demanda de recusación deben pasar a conocimiento del tribunal competente
    • al carecer del quórum necesario, es imperativa la convocatoria y no así su remisión directa a los Jueces Técnicos integrantes del Tribunal de Sentencia siguiente en número, a efecto de resolver, en suplencia legal del Tribunal recusado, el mencionado incidente
    • III.4. Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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